Acceso a los datos confidenciales una vez aprobado el proyecto
El acceso a los datos confidenciales de ES_DataLab para su uso en un proyecto de investigación científica aprobado, supone la plena aceptación de las siguientes condiciones:
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Uso y tratamiento de los datos
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- a. Los datos solo se usarán para el proyecto de investigación reseñado. Queda explícitamente prohibido dar a los datos cualquier otro uso y, en particular, cualquier uso administrativo.
- b. No se intentará identificar a las unidades estadísticas.
- c. Los datos individualizados no se cruzarán con ninguna fuente externa, salvo autorización previa y expresa por parte de ES_DataLab.
- d. Los datos solo se usarán durante el tiempo autorizado. Cualquier prórroga en el uso de los datos deberá ser autorizada por ES_DataLab. En caso de necesitar prorrogar el tiempo de los datos, deberá solicitarse con al menos dos semanas de antelación a la fecha establecida de finalización del periodo de uso autorizado, con el coste asociado correspondiente.
- e. Una vez finalizado el periodo de autorización, ES_DataLab conservará los datos durante un plazo de cinco años, en previsión de que el equipo investigador requiera volver a acceder a los datos para dar respuesta a revisiones de sus resultados en artículos enviados a publicaciones científicas con sistema de revisión por pares debidamente justificado. Este acceso solo será posible para consultas relacionadas con el proyecto para el que se autorizó el uso.
- f. El acceso a los datos podrá realizarse bien de forma directa, bien a través de centros seguros o entornos controlados, en función de los criterios de privacidad, confidencialidad y riesgo aplicables a cada proyecto y conjunto de datos. Corresponderá exclusivamente a ES_DataLab determinar la modalidad de acceso más idónea en cada caso.
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Personal que accede a los datos
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- a. A los datos solo accederá el personal del equipo de investigación declarado que previamente haya firmado los correspondientes compromisos individuales e institucionales en materia de Secreto Estadístico.
- b. Queda explícitamente prohibido el acceso o cesión de los datos a terceras partes.
- c. Los cambios en el personal del proyecto de investigación deberán notificarse a ES_DataLab con anterioridad a que se produzcan, y ES_DataLab debe dar su conformidad expresa. El personal que se incorpore a la investigación deberá suscribir el correspondiente compromiso en materia de Secreto Estadístico con anterioridad a que acceda a los datos.
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Uso del centro seguro (si el proyecto contempla su uso)
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- a. El centro seguro tiene sus propias normas de funcionamiento. El uso de un centro seguro implica la aceptación de tales normas de funcionamiento por parte de todos los investigadores del proyecto, que incluye entre otras la monitorización de la actividad llevada a cabo en el centro durante la sesión de trabajo.
- b. Está prohibida la extracción de información del centro seguro por medios distintos a los establecidos en estas condiciones o en las normas de funcionamiento.
- c. Revisión y publicación de resultados en centro seguro y propiedad de los ficheros:
- ES_DataLab revisará cualquier información que el equipo de investigación requiera extraer del centro seguro para asegurar que no contiene información confidencial. La revisión tendrá lugar antes de la extracción, y la extracción la hará el personal de ES_DataLab.
- Con el fin de facilitar la revisión indicada en el punto anterior, ES_DataLab podrá establecer pautas de anonimización y de presentación de los resultados o cualquier otra información que requiera ser extraída del centro seguro, sin perjuicio de lo que establezcan además las normas de funcionamiento del centro seguro.
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Uso de ficheros (si el proyecto contempla el acceso directo a los datos)
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- a. Borrado de ficheros:
- Los ficheros de datos originales y ficheros intermedios que se hayan generado durante el proyecto de investigación que contengan datos del INE, en cualquier soporte, se destruirán convenientemente cuando el proyecto haya finalizado o, en su defecto, transcurrido el plazo de autorización de uso de los datos.
- El investigador principal del proyecto enviará al INE la certificación del borrado de archivos en un plazo de dos semanas desde la finalización del proyecto.
- b. Publicación de resultados y propiedad de los ficheros
- Los resultados elaborados a partir de los datos cedidos nunca se publicarán de forma individual ni de ninguna manera que permita la identificación, directa o indirecta, de las unidades informantes.
- a. Borrado de ficheros:
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Criterios comunes a ambos métodos de acceso para la publicación de resultados y propiedad de los ficheros
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- a. El equipo investigador hará referencia a estas condiciones y a la privacidad de los datos cedidos en las publicaciones de los resultados del proyecto de investigación objeto del mismo. Citará al INE como fuente primaria del dato y dejando claramente reflejado que el grado de exactitud o fiabilidad de los resultados obtenidos de la explotación de los datos por los investigadores es de la exclusiva responsabilidad de estos.
- b. El INE nunca será responsable del contenido de la información elaborada por el equipo de investigación, ni de las consecuencias que puedan derivarse de tal información, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 12/1989.
- c. Los ficheros cedidos por el INE para la realización del proyecto de investigación son de su exclusiva propiedad.
- d. Los resultados del proyecto y los estudios obtenidos a partir de los ficheros facilitados por el INE serán de propiedad exclusiva del equipo investigador.
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Compromisos de la entidad solicitante y del equipo de investigación
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- a. La entidad solicitante y los miembros del equipo de investigación quedan sujetos a la preservación del secreto estadístico tal y como se regula en la legislación vigente, y adoptarán las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar su preservación cuando proceda.
- b. Previo al acceso o cesión de los datos, todo el personal del equipo de investigación firmará un compromiso individual en materia de Secreto Estadístico.
- c. Previo al acceso o cesión de los datos, un responsable de la institución firmará además un compromiso institucional en materia de Secreto Estadístico.
- d. La entidad solicitante velará por el cumplimiento de la normativa sobre secreto estadístico, así como de todas las condiciones establecidas en este documento y sus anexos.
- e. El equipo de investigación se compromete a notificar a ES_DataLab cualquier incidente relacionado con la seguridad de los datos tan pronto como tenga conocimiento del mismo.
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Incumplimiento
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- a. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas este documento podrá ocasionar la revocación de la concesión de acceso o uso de los datos, que llevará implícito el cese de la actividad y si procede el borrado de la información cedida por ES_DataLab, sin perjuicio de las acciones que ES_DataLab estime oportunas de acuerdo a lo previsto en la legislación vigente.
- b. En caso de que la protección del secreto estadístico se viera comprometida por negligencia o dolo, ES_DataLab podrá denegar a la entidad y a los integrantes del equipo de investigación el acceso a datos estadísticos para su uso en futuros proyectos científicos.
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Ley y jurisdicción aplicable
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- a. Las presentes condiciones de acceso se rigen por las leyes españolas. Cualquier controversia en relación con las presentes condiciones de acceso se sustanciará ante la jurisdicción española, sometiéndose las partes a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, y sus superiores jerárquicos, con expresa renuncia a sus fueros si lo tuvieren y fueran diferentes de los reseñados.
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Obligaciones financieras
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- a. La preparación de la solicitud puede llevar aparejado un coste detallado en el presupuesto comunicado al equipo de investigación.
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